Colombia — El Gobierno de Colombia decretó nuevos impuestos mediante la emergencia económica activada el 13 de marzo de 2026 con el objetivo de recaudar entre 7 y 8 billones de pesos adicionales para fortalecer las finanzas públicas y atender presiones fiscales derivadas del actual contexto económico.
La decisión fue adoptada a través de un paquete de decretos con fuerza de ley expedidos dentro del estado de excepción económica, social y ecológica. Esta figura constitucional permite al Ejecutivo adoptar medidas extraordinarias por un periodo limitado cuando se presentan situaciones que afectan de manera grave la estabilidad económica, fiscal o social del país.
El paquete fiscal incluye tres instrumentos tributarios principales orientados a aumentar el recaudo en el corto plazo: un impuesto del 16 % a las apuestas en línea, un gravamen de normalización tributaria del 19 % para activos no declarados y la ampliación del impuesto al patrimonio para empresas con patrimonios iguales o superiores a 200.000 unidades de valor tributario (UVT).
El impuesto a las apuestas en línea se aplicará sobre el margen de operación de las plataformas digitales, calculado a partir del valor total de las apuestas realizadas por los usuarios menos el monto de los premios pagados. Aunque la obligación fiscal recae sobre los operadores autorizados en el país, analistas del sector advierten que parte del costo podría trasladarse eventualmente a los usuarios mediante ajustes en cuotas, comisiones o condiciones de juego.
Cambios tributarios y calendario de aplicación
Otro de los mecanismos incluidos en los decretos corresponde al impuesto de normalización tributaria, con una tarifa cercana al 19 %. Este instrumento permite que contribuyentes declaren activos omitidos o subvalorados ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), regularizando bienes que no habían sido reportados en declaraciones fiscales anteriores.
La ampliación del impuesto al patrimonio constituye la tercera medida central del paquete tributario. La normativa extiende la obligación a empresas con patrimonios líquidos iguales o superiores a 200.000 UVT e incluye también a sucursales de sociedades extranjeras que desarrollan operaciones comerciales dentro del territorio colombiano.
Junto con estos tributos, el Gobierno incluyó un esquema temporal de alivios para contribuyentes con deudas fiscales pendientes. El programa contempla reducciones en sanciones e intereses para quienes cancelen el valor principal de sus obligaciones dentro de los plazos establecidos por los decretos expedidos bajo el estado de excepción.
El calendario de aplicación fija el 31 de marzo de 2026 como fecha de referencia para la causación de algunos de los tributos contemplados en las medidas. Posteriormente, los pagos correspondientes deberán realizarse en ventanas definidas durante abril y junio de este mismo año, según el cronograma establecido por el Gobierno nacional.
Según estimaciones oficiales del Ministerio de Hacienda, el conjunto de disposiciones permitiría recaudar entre 7 y 8 billones de pesos adicionales durante 2026. Estos recursos serán incorporados al Presupuesto General de la Nación y parte significativa será canalizada a través del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres para financiar acciones de atención y recuperación frente a la emergencia climática.
Los recursos administrados mediante el sistema de Gestión del Riesgo se destinarán a programas de asistencia a damnificados, reconstrucción de infraestructura afectada, apoyo a territorios impactados por inundaciones y fortalecimiento de medidas de prevención frente a nuevos eventos climáticos en diferentes regiones del país.
Debate jurídico y político sobre los decretos
El presidente Gustavo Petro defendió la adopción de estas medidas fiscales y afirmó que el paquete tributario busca fortalecer la estabilidad de las finanzas públicas en el corto plazo. El mandatario también señaló que el recaudo adicional contribuirá a reducir el déficit primario del Estado durante 2026 y permitirá financiar programas relacionados con la atención de emergencias.
La expedición de los decretos ha generado cuestionamientos entre analistas económicos y expertos en derecho constitucional. Algunos especialistas advierten que varias de las medidas guardan similitudes con propuestas incluidas en reformas tributarias previamente debatidas y rechazadas por el Congreso, por lo que consideran que su aplicación mediante estado de excepción podría enfrentar revisión jurídica.
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De acuerdo con el procedimiento vigente, los decretos expedidos bajo emergencia económica deben ser evaluados posteriormente por la Corte Constitucional, instancia encargada de verificar su proporcionalidad y su relación directa con la situación que motivó la declaratoria del estado de excepción.
Mientras se desarrolla ese proceso de control constitucional, las nuevas disposiciones fiscales entran en vigor conforme al calendario definido por el Gobierno. En este escenario, empresas, operadores digitales y contribuyentes con obligaciones pendientes deberán ajustar sus declaraciones y pagos tributarios a las reglas establecidas por el paquete de emergencia aprobado por el Ejecutivo.









