DIAN regula donaciones y gastos electorales 2026

DIAN regula donaciones y gastos electorales 2026
Jueves, Enero 22, 2026 - 14:30

DIAN regula donaciones y gastos electorales 2026

Inscribirse en el RUT antes de campaña, facturar servicios, declarar retenciones y reportar información exógena serán exigencias clave para partidos y candidatos, bajo supervisión de la Comisión Electoral en las elecciones de 2026.

Colombia - A pocos meses del inicio formal del calendario electoral de 2026, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) expidió una guía oficial que define las obligaciones fiscales aplicables a la financiación de campañas políticas, en el marco de las elecciones al Congreso de la República y a la Presidencia.

El documento, denominado Guía de obligaciones fiscales de los partidos políticos, busca establecer reglas claras sobre el manejo tributario de los recursos que se movilizan durante los procesos electorales, con el fin de fortalecer los controles institucionales y prevenir el uso indebido de dineros públicos o privados en la actividad política.

La expedición de esta guía se da en el contexto de los comicios legislativos programados para el 8 de marzo de 2026 y de las elecciones presidenciales previstas para el 31 de mayo del mismo año, con una eventual segunda vuelta el 21 de junio, de acuerdo con el calendario electoral vigente.

La Dian participa en este proceso como integrante de la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales, específicamente a través de la Subcomisión de Financiación de Campañas, instancia encargada de prevenir irregularidades en el origen y destino de los recursos, fortalecer los controles sobre ingresos y gastos de campaña y promover el control social en la financiación electoral.

Alcance de la guía tributaria

La Guía de obligaciones fiscales de los partidos políticos está dirigida a un amplio grupo de actores que intervienen directa o indirectamente en los procesos electorales. Entre ellos se encuentran los tribunales seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral, los candidatos, los partidos y movimientos políticos, los movimientos sociales, los promotores del voto en blanco, así como los gerentes, tesoreros y auditores de campañas.

También cobija a los grupos significativos de ciudadanos y a otros responsables que participan en la administración de recursos y en la ejecución de actividades propias de las campañas electorales, quienes deben cumplir con las disposiciones fiscales vigentes antes, durante y después de la contienda electoral.

Uno de los principales énfasis del documento es la obligación de inscribirse y mantener actualizada la información en el Registro Único Tributario (RUT). La Dian establece que esta inscripción debe realizarse antes del inicio de cualquier actividad relacionada con la campaña, como requisito previo para el manejo formal de recursos y el cumplimiento de las demás obligaciones tributarias.

En materia de impuestos, la guía recuerda que los partidos y movimientos políticos con personería jurídica aprobada por el Consejo Nacional Electoral están obligados a presentar la declaración de ingresos y patrimonio, conforme a lo dispuesto en el artículo 23 del Estatuto Tributario. Esta exigencia hace parte de los mecanismos de control fiscal sobre las organizaciones políticas.

Facturación y retenciones

El documento también aborda las obligaciones relacionadas con la facturación electrónica y los documentos equivalentes. De acuerdo con la Dian, quienes vendan bienes o presten servicios gravados en el marco de las campañas deben cumplir con los sistemas de facturación establecidos en la normativa tributaria vigente.

Asimismo, se detallan las responsabilidades como agentes retenedores. En los casos en que aplique, las campañas, partidos o movimientos políticos deben practicar las retenciones en la fuente correspondientes y presentar la declaración mensual de estas retenciones, según los plazos y condiciones definidos por la autoridad tributaria.

Otro punto relevante de la guía es el tratamiento fiscal de las donaciones. La Dian precisa que las donaciones destinadas exclusivamente a la financiación de campañas políticas no constituyen renta ni ganancia ocasional, siempre que se cumplan los requisitos legales y se cuente con la certificación correspondiente. Este aspecto resulta clave para garantizar la trazabilidad y legalidad de los aportes.

En cuanto al reporte de información, el documento recuerda la obligación de presentar información exógena, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución 162 de 2023 y sus modificaciones. Este reporte permite a la administración tributaria cruzar datos y verificar la consistencia entre los ingresos, gastos y aportes reportados durante el proceso electoral.

Control institucional y garantías electorales

La Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales es la instancia encargada de articular a las entidades del Estado para garantizar el normal desarrollo de las elecciones. Esta comisión es presidida por el Ministerio del Interior y tiene como funciones velar por el cumplimiento de las garantías electorales y la protección de los derechos y deberes de los partidos y movimientos políticos.

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Desde esta comisión se coordinan acciones orientadas a asegurar la transparencia del proceso electoral, la correcta utilización de los recursos y el respeto por las reglas que rigen la financiación de campañas, en un contexto de alta vigilancia institucional.

La Dian señaló que la guía constituye una herramienta de consulta para los actores políticos y administrativos, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las normas fiscales y reducir riesgos de sanciones derivadas de incumplimientos tributarios durante el desarrollo de las campañas.

Con la expedición de este documento, la entidad busca reforzar el marco de control fiscal de cara a las elecciones de 2026, en un escenario en el que la financiación de la política es uno de los aspectos más sensibles para la transparencia y la confianza ciudadana en los procesos democráticos.

 

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