Colombia - El Consejo Nacional Electoral negó la participación del senador Iván Cepeda en la consulta interpartidista del Frente por la Vida, prevista para marzo, al concluir que no puede concurrir a un nuevo mecanismo de selección luego de haber sido elegido previamente en una consulta interna del Pacto Histórico. La decisión se produjo tras un trámite marcado por aplazamientos, empates en Sala Plena y la intervención de conjueces, y obliga al precandidato presidencial a concentrar su aspiración directamente en la primera vuelta.
El fallo fue adoptado por mayoría calificada luego de que el organismo electoral destrabara un empate inicial que había impedido una definición de fondo. En su conclusión, el CNE determinó que la participación previa de Cepeda en una consulta partidista impedía su inscripción en una consulta interpartidista posterior dentro del mismo proceso electoral, criterio que fue respaldado por seis votos en la votación definitiva.
La discusión interna no fue inmediata. En una primera etapa, la Sala Plena aplazó el debate debido al retraso en la presentación de la ponencia elaborada por magistradas del tribunal, lo que pospuso la decisión en un momento clave del calendario electoral. Una vez el documento fue puesto a consideración, el organismo procedió a votar.
En esa primera votación, el resultado fue de cinco votos contra cuatro, insuficiente para alcanzar la mayoría calificada de seis votos exigida para adoptar una decisión definitiva. Ante ese escenario, el Consejo Nacional Electoral declaró la inexistencia de una decisión y activó el mecanismo de conjueces, previsto para resolver empates en asuntos de competencia del tribunal.
El proceso con conjueces tampoco avanzó sin tropiezos. Uno de los abogados designados mediante sorteo presentó renuncia antes de intervenir en el caso, mientras que el otro se declaró impedido al considerar que existía un conflicto de interés derivado de actuaciones profesionales previas relacionadas con el senador Iván Cepeda. Ambos hechos obligaron al CNE a realizar un nuevo sorteo y a designar conjueces adicionales para completar la integración necesaria.
Con la nueva conformación, el organismo retomó el estudio del caso y procedió a una votación definitiva. El resultado final fue de seis votos que respaldaron la tesis de negar la participación de Cepeda en la consulta interpartidista, frente a cuatro que consideraron que sí podía inscribirse. Con ello, el Consejo Nacional Electoral cerró el trámite administrativo y dejó en firme la imposibilidad de que el senador participe en ese mecanismo de selección.
El mapa de la votación reflejó también la diversidad de orígenes políticos de los magistrados que integran el CNE. Por la posición de negar la participación votaron magistrados postulados por el Partido Conservador, el Partido de la U, el Partido Liberal, el Centro Democrático y Alianza Verde, además de un conjuez sin filiación pública conocida. En contraste, la posición favorable a permitir la inscripción fue respaldada por magistrados postulados por el Polo Democrático, el Pacto Histórico y Colombia Justa Libres, junto con un conjuez cuya filiación no es pública.
Aunque el Consejo Nacional Electoral es un órgano administrativo y no judicial, sus decisiones tienen efectos inmediatos sobre el desarrollo del proceso electoral. En este caso, la determinación modifica el escenario de la consulta interpartidista del Frente por la Vida, que buscaba definir un candidato único de sectores de izquierda y centroizquierda de cara a las elecciones presidenciales.
Para Iván Cepeda, el fallo implica que no podrá someter su nombre a ese mecanismo y que deberá concentrar su estrategia en la primera vuelta presidencial. El senador había resultado ganador de una consulta interna del Pacto Histórico meses atrás, hecho que fue central en el análisis jurídico realizado por el CNE para negar su nueva inscripción.
Desde el punto de vista institucional, el caso dejó en evidencia las tensiones internas del organismo electoral en decisiones de alto impacto político. El retraso en la ponencia, el empate inicial y la necesidad de recurrir a conjueces prolongaron el trámite durante varios días, en un contexto de presión por los tiempos del calendario electoral.
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La decisión también sienta un precedente sobre los límites de participación en múltiples consultas dentro de un mismo proceso electoral. Con este fallo, el CNE fijó una posición restrictiva frente a la posibilidad de concurrir a más de un mecanismo de selección cuando ya se ha obtenido una designación previa.
Una vez notificada la decisión, el trámite administrativo quedó cerrado en sede del Consejo Nacional Electoral. Cualquier discusión posterior deberá trasladarse a instancias judiciales si alguna de las partes decide controvertir el alcance del fallo. Mientras tanto, la consulta interpartidista seguirá su curso sin la participación de Iván Cepeda y el escenario presidencial entra en una nueva fase de reacomodos.
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