Fiscalía imputa 6 nuevos cargos a Nicolás Petro

Fiscalía imputa 6 nuevos cargos a Nicolás Petro
Lunes, Noviembre 10, 2025 - 17:30

Fiscalía imputa 6 nuevos cargos a Nicolás Petro

Fiscalía refuerza el caso contra Nicolás Petro con 6 cargos nuevos. Indaga 111 millones de pesos en contratos de la Gobernación del Atlántico, rastrea pagos, firmas y contradicciones mientras la defensa objeta la imputación.
Nicolas Petro en audiencia - captura de video

Barranquilla – La Fiscalía imputó seis nuevos delitos a Nicolás Petro por presunto direccionamiento de contratos y apropiación de 111 millones de pesos durante su paso por la Asamblea del Atlántico.

La diligencia se realizó el 10 de noviembre de 2025 en el Juzgado 14 Penal Municipal de Control de Garantías de Barranquilla. La fiscal Lucy Marcela Laborde presentó la teoría del caso y sustentó nuevos hallazgos contra el hijo del presidente de la República, en un expediente que apunta a irregularidades en contratos suscritos entre la Gobernación del Atlántico y la Fundación Conciencia Social (Fucoso).

Los cargos imputados fueron seis: interés indebido en la celebración de contratos, peculado por apropiación, tráfico de influencias, falsedad en documento público, falsedad en documento privado y falso testimonio. En esta etapa procesal, la Fiscalía no busca demostrar responsabilidad, sino establecer inferencias razonables de autoría o participación.

La fiscal Laborde expuso que Nicolás Petro, siendo diputado del Atlántico en el periodo 2021–2022, habría influido en decisiones administrativas para favorecer a Fucoso. Según el ente acusador, esa influencia incluyó definir quiénes serían contratados, orientar la asignación de salarios y establecer destinos de desembolso de recursos.

La Fiscalía señaló que 111 millones de pesos, provenientes de anticipos contractuales, no se destinaron al objeto del contrato. "Una gran parte de estos recursos no eran usados para el propósito contractual, sino repartidos ilícitamente entre intervinientes", manifestó Laborde en audiencia pública.

Los contratos bajo la lupa vinculan a la Gobernación del Atlántico, una entidad territorial sin fuero especial, lo que deja la competencia en manos de la justicia ordinaria. La pieza investigativa central del ente acusador son los registros financieros, reportes de ejecución y trazabilidad de pagos asociados a los convenios.

Claves del señalamiento penal

El delito de interés indebido en contratos se configura, según la Fiscalía, porque Petro habría orientado el proceso contractual desde su posición de diputado, cargo que, aunque no es ordenador de gasto, sí conlleva capacidad de influencia territorial. El peculado por apropiación se sustentó en la supuesta utilización de dineros públicos para fines distintos a los contratados.

Sobre el tráfico de influencias, la Fiscalía sostiene que se evidenció un patrón de gestión para obtener beneficios en la estructura contractual. Las imputaciones por falsedad en documento público y privado derivan de inconsistencias detectadas en soportes documentales de ejecución. El cargo de falso testimonio está relacionado con contradicciones que, a juicio del ente acusador, habrían ocurrido en declaraciones rendidas previamente.

La fiscal Laborde también detalló que uno de los focos del análisis pericial es la relación entre los pagos registrados, el cumplimiento real de actividades contractuales reportadas y los desembolsos a personas naturales vinculadas a decisiones internas del proyecto ejecutado.

La defensa contraataca

El abogado defensor, Alejandro Carranza, cuestionó la construcción jurídica de la imputación. Aseguró que no se ha precisado cuál fue el acto concreto de influencia que derivó en beneficio ilegal, ni qué autoridad específica habría sido objeto de presión.

"No se ha explicado cómo, cuándo o sobre quién recayó la supuesta influencia, ni se ha demostrado la relación causal entre el hecho descrito y el beneficio perseguido", planteó Carranza ante el juez.

El defensor subrayó que la Fiscalía incurre en una contradicción conceptual al referirse a Petro, en algunos tramos, como particular y en otros como servidor público. Esa distinción no es menor: la tipificación penal, la imputación subjetiva y la configuración de varios de los delitos dependen de ese estatus.

Carranza también indicó que la acusación no individualiza el beneficio económico concreto que habría obtenido su defendido a partir del supuesto tráfico de influencias. Y añadió que la imputación se apoya en generalidades, sin precisión de circunstancias de tiempo, modo y lugar, elementos centrales en garantías procesales.

El juez 14 Penal Municipal de Control de Garantías determinó suspender la diligencia y reanudarla el 12 de noviembre de 2025 a las 2:00 p. m.

Esta fase corresponde a imputación de cargos, un acto procesal de comunicación formal donde la Fiscalía expone hechos jurídicamente relevantes y su adecuación típica, sin que esto signifique declaratoria de responsabilidad penal.

Tras la imputación, la Fiscalía podrá solicitar medidas de aseguramiento, si lo considera necesario, siempre que se cumplan los supuestos legales de riesgo procesal, obstrucción o peligro para la comunidad. En esta audiencia no se discutió medida alguna.

El caso se enmarca dentro de las investigaciones de mayor impacto judicial y político del país, por la naturaleza de los actores vinculados, el uso de recursos públicos y la discusión jurídica sobre los límites de la influencia política en procesos administrativos territoriales.

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Aunque el debate es jurídico, las implicaciones son administrativas, fiscales y penales. Los contratos cuestionados no son, por ahora, objeto de nulidad automática, porque la imputación penal no anula por sí misma actos administrativos, salvo que lo determine posteriormente un juez contencioso o de otra jurisdicción competente.

La investigación sigue su curso en etapas preliminares de determinación de responsabilidad. La carga de la prueba, hasta el juicio, recae sobre la Fiscalía, que deberá robustecer la relación entre conducta, tipicidad y responsabilidad personal. La defensa, por su parte, anticipó que controvertirá la legalidad del estándar de inferencia aplicado y la coherencia interna de los cargos formulados.

La próxima audiencia podría ser determinante para observar si el proceso avanza hacia solicitud de medida de aseguramiento, preacuerdos, o si la defensa despliega recursos de control judicial sobre la imputación.

La escena judicial entra a una fase de alta densidad técnica, donde la discusión no gira en torno a percepciones, sino a estándares probatorios, inferencias razonables y derecho penal material. 

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